LA CORTE CONSTITUCIONAL REITERA QUE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS TIENE LÍMITES REFORZADOS

24 Jul 2026

Temas de interés

Sentencia Corte Constitucional

La Corte Constitucional reiteró que los funcionarios públicos son titulares del derecho a la libertad de expresión; sin embargo, su ejercicio está sujeto a deberes reforzados derivados de la función pública. En ese sentido, cuando se pronuncian sobre asuntos de interés general o en ejercicio de sus funciones, sus manifestaciones deben observar estándares de veracidad, objetividad y razonabilidad, atendiendo al impacto que tiene su investidura frente a la ciudadanía.
Asimismo, la Corte recordó que los servidores públicos únicamente pueden actuar dentro de las competencias que les atribuyen la Constitución y la ley, por lo que no pueden realizar manifestaciones discriminatorias, racistas o que inciten a la violencia contra personas o grupos vulnerables. La libertad de expresión no desaparece por ejercer un cargo público, pero sí debe armonizarse con los principios de legalidad, igualdad, dignidad humana y protección de los derechos fundamentales

T- 202-26.pdf

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